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Modificación de medidas

¿Hay una sentencia o un acuerdo que ya no sirve porque han cambiado las circunstancias? La ley prevé un mecanismo para que se modifique lo que se estableció. Con los hechos podemos valorar sus opciones y las posibilidades que tiene.

Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el Juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges. (…)

Código Civil

Art. 90.3

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